Buenas noticias a los compradores en Asturias. Baja el impuesto de transmisiones patrimoniales.

El año 2024 nos ha llegado con buenas noticias en Asturias. En la Ley de Presupuestos del Principado de Asturias 4/2023 de 29 de Diciembre de los Presupuestos Generales para 2024, en el Capítulo 1, Artículo doce, y trece, se modifican a la baja los tipos aplicables en impuestos de Donaciones y Transmisiones Patrimoniales. Os explico:

 

1.- La tarifa aplicable a las donaciones a favor de descendientes y adoptados menores de 21 años y de descendientes y adoptados de 21 o más años, cónyuges, ascendientes y adoptantes, baja al 2% cuando la cantidad a donar es inferior a 150.000€. En Asturias hasta esta modificación, alguien que quisiera donar a un hijo una cantidad hasta 150.000€ podía pagar una cuota tributaria de hasta el 20%, así que supone una gran noticia. Esta reducción puede ayudar mucho a esos padres que quieren dar dinero a los hijos para comprar una vivienda, antes solo podían hacerlo a modo de préstamo devolviéndolo en un plazo de tiempo y con unos intereses, o bien donándolo pero pagando hasta casi un 18% a hacienda del principado, algo que muchos vemos totalmente injusto, que un padre no pueda regalar a un hijo un dinero sin tener que pagar semejantes cantidades.

 

2.- El tipo de gravamen aplicable a la adquisición de vivienda habitual en zonas de riesgo de despoblación así como a la adquisición de vivienda habitual por jóvenes de hasta 35 años, familias numerosas y mujeres víctimas de violencia de género, siempre que sea vivienda habitual, baja al 4% cuando el precio sea hasta 150.000€, y más de 150.000€ baja al 6%.

En cuanto a las zonas con riesgo de despoblación son aquellas con población de hasta 20.000 habitantes siempre que la población se haya reducido en al menos un 10% desde el año 2.000.

Respecto a la compra de vivienda, bajamos del 8% al 4%, cuando las personas que compren una vivienda habitual sean menores de 35 años, o familias numerosas, o mujeres con violencia de género, y bajamos al 6%, cuando el importe sube de 150.000€.

Esto supone que para una compra de 140.000€ el comprador tenía que pagar 11.200€, ahora 5.600€, siempre que sea un comprador de los citados. Es una reducción de la mitad, que damos  por bienvenida, sobre todo porque somos la CCAA que más estamos pagando de impuesto de trasmisiones a la compra de vivienda, 8% hasta 300.000€, 9% hasta 500.000€, y 10% de 500.000€ en adelante.

Nos queda por saber que se considera familia numerosa, y como vamos a acreditar cierto extremo, que nos va a exigir el registrador de la propiedad para saber que es familia numerosa, ¿bastará el carnet que te otorga el Principado?.

Por otro lado, la vivienda comprada tendrá que ser ocupada de manera permanente en el plazo de seis meses, salvo causa justa y además deberá ser residencia permanente durante 3 años, se excepciona cuando haya fallecimiento del contribuyente, o por razones del cese de empleo, o en caso de obras donde tendrá que ser ocupada a los tres meses de la finalización de la obra con el límite de un año desde la fecha de adquisición.

 

La verdad que ya era hora que El Principado de Asturias se fijara en la vivienda, y comience a reducir algo los impuestos, tenemos que ayudar a motivar e incentivar la compra de vivienda a personas jóvenes sobre todo. Además son medidas aplicables desde ya y efectivas.

 

 

 

 

Qué documentación necesito para vender un piso heredado en Gijón

Cuando heredas un inmueble en Gijón, tienes que empezar a realizar una seria de trámites que luego necesitarás para poder vender.

 

  • En primer lugar, hay que solicitar certificado de defunción del fallecido propietario del inmueble, en el registro civil del lugar de fallecimiento.
  • En segundo lugar, necesitamos certificado de últimas voluntades, se pide en Oviedo, en la gerencia territorial de Justicia de Asturias, en la calle Asturias 24 de Oviedo. Este papel nos dirá si el fallecido hizo testamento o no.
  • En tercer lugar, necesitamos en el plazo de seis meses desde el fallecimiento, hacer el impuesto de sucesiones, los modelos 660 y 650. En Asturias los descendientes están exentos hasta 300.000€.
  • En cuarto lugar, tenemos que buscar la escritura de propiedad del inmueble heredado. Si no la encontramos podremos ir al registro de la propiedad, con el dni del fallecido y dirección, para pedir una nota registral y ver donde está hecha la escritura.
  • En quinto lugar, hay que pagar la plusvalía en el Ayuntamiento de Gijón. En esta localidad, no se permite autoliquidar por lo que solo tendremos que notificar al Ayuntamiento el fallecimiento para que sea él quien notifique con posterioridad la liquidación al domicilio de la persona que hereda.
  • En sexto lugar, si el fallecido no tuviera testamento, tendremos que acudir a la notaría y hacer una declaración de herederos, con dos testigos. Este trámite si tuviera testamento, no es necesario. En la declaración de herederos se redacta la situación del fallecido con toda la documentación, y libro de familia, y se declaran herederos a las personas que por ley les corresponda. Este documento notarial no tendrá validez hasta pasados 20 días desde su realización.
  • En séptimo lugar, necesitaremos realizar una escritura de Adjudicación de Herencia. En este documento notarial, describiremos todos los bienes que ha dejado el causante, incluidos sus cuentas, coches planes de pensiones etc…es, en este momento, en el que se realiza la adjudicación del bien inmueble que luego tendremos que vender. Esta escritura tiene que venir acompañada del certificado de defunción, últimas voluntades, testamento, o en su defecto declaración de herederos, impuesto de sucesiones, y plusvalía.
  • Y por último, para poder vender el bien inmueble necesitaremos que se inscriba en el registro de la propiedad la adjudicación de herencia.

 

Si necesitas ayuda, no dudes en llamarme, tengo una amplia experiencia en la gestión de herencias.

 

 

 

Alquiler Seguro, Gestión Integral del Alquiler en Gijón

En tiempos convulsos como los que estamos viviendo, en los que no hay oferta de pisos de alquiler de vivienda habitual, y la demanda ha subido, hemos decidido reinventarnos y dar servicios nuevos. Desde la pandemia, momento en el cual cambiaron muchas normas en cuanto a familias vulnerables como inquilinos que se vieron con dificultades para pagar la rentas, hemos sufrido un sin fin de normativas en las que se endurecen los criterios para poder desahuciar a inquilinos que no pagan la renta. Esto unido a la última Ley de Vivienda de mayo de 2023, hace que muchos propietarios se retraigan en alquilar su vivienda habitual, por miedo a que no puedan cobrar las rentas y no puedas expulsar de sus viviendas a aquellas personas que impaguen la renta. Muchos de ellos deciden destinar sus viviendas vacías a viviendas de uso turístico.

Con este panorama, se me ocurrió dar servicio y ofrecer a los propietarios seguridad.

 

¿En qué consiste el servicio de alquiler seguro de Agencia Domingo?

Se trata de que el propietario deposite en nosotros la confianza del alquiler de su vivienda, se despreocupe y que nosotros nos ocupemos de todo. Y además le garantizaremos nosotros la renta pagándole en su cuenta el importe del alquiler todos los meses sin necesidad de que contrate ningún seguro de impago. Os enumero los servicios que damos:

  • Publicidad y selección del inquilino.
  • Comprobación de solvencia.
  • Presentación del candidato.
  • Formalización del contrato.
  • Cambios de titularidad de suministros individualizados.
  • Gestionaremos el mejor seguro del hogar
  • Atención de consultas generales durante el alquiler.
  • Asesoramiento en la actualización de la renta.
  • Asistencia en la finalización del alquiler, hasta entrega de llaves.
  • Tramitación devolución del depósito de FIANZA.
  • Gestión de la Limpieza general básica del inmueble al inicio o finalización del alquiler.
  • Interlocución directa con el inquilino.
  • Atención ante Incidencias durante el arrendamiento.
  • Gestión de Profesionales y solución de incidencias.
  • Representación suplida de la mandante ante terceros (opcional coste no incluido).
  • COBRO DE RENTA GARANTIZADO SIN LIMITES DE TIEMPO Y SIN CARENCIAS.

 

¿A quién va dirigido nuestro servicio de gestión integral?, a aquellos que:

  • Quieren la máxima rentabilidad sin complicarse.
  • Viven fuera de Asturias y no pueden ocuparse.
  • Tienen dudas sobre como escoger al mejor inquilino.
  • No disponen de tiempo extra y no quieren estar pendiente de inquilinos.
  • Prefieren dedicar su tiempo libre a la familia, amigos, trabajo…
  • Prefieren que sea un profesional el que se ocupe.
  • No quieren atender a incidencias, arreglos, limpiezas, seguros.

 

¿Cuánto cuesta nuestro servicio de gestión integral garantizado?

Con motivo de la nueva Ley de Vivienda, el propietario tiene que hacer frente a los honorarios de la inmobiliaria por la gestión del alquiler, y se corresponde con un mes de renta mas el IVA. Si vemos todos los servicios que ofrecemos creo que el importe de los honorarios se justifica con las gestiones realizadas, desde el marketing, hasta la selección del mejor inquilino, redacción del contrato, etc…

Para el caso de que un propietario quiera que nos ocupemos de la gestión integral y le garanticemos la renta todos los meses, le pediremos un 10% más IVA de la renta mensual.

Con este servicio esperamos ayudar a poner en alquiler aquellas viviendas vacías, que muchos propietarios no se atreven a poner en renta porque tienen miedo a esos impagos o gestiones con los inquilinos. Hay un gran cantidad de propietarios que viven fuera, por lo que no pueden atender las llamadas y arreglos que necesita la vivienda, y sin embargo nosotros les podemos dar esta ayuda.

 

No dudes en contactar conmigo para que te oriente con la gestión del alquiler de tu inmueble.

 

Cambio de uso de local comercial a vivienda en Gijón.

Cambio de uso de local a vivienda en Gijón

Este tema parece que está de moda. Y lo cierto es que es algo que existe desde siempre. Un local se puede cambiar de uso a vivienda. Pueden ser locales comerciales a pie de calle o pueden ser locales tipo oficinas en entresuelos o primeros pisos. Muchas veces nos encontramos con locales en zonas poco transitadas que no tienen salida como locales comercial, de hecho no paramos de ver locales cerrados en zonas no muy céntricas, y da verdadera pena ver la ciudad así. Por otro lado, nos encontramos con mucha demanda de personas que buscan pisos de alquiler o de compra accesibles en precio y actualmente carecemos de oferta sobre todo de alquiler. Entonces ¿por qué no aprovechar todos esos locales de la ciudad que no están en uso para poder hacer viviendas?, lograríamos aumentar el parque de viviendas sobre todo para aquellas familias que necesitan un alquiler.

Se necesita para ello que se cumplan unos requisitos técnicos y legales, vamos a verlos a continuación.

 

 

Requisitos técnicos:

Depende del Ayuntamiento de la zona en la que te encuentres. Es habitual que con la falta de viviendas sobre todo de alquiler, notemos que los Ayuntamientos han ido cambiando los requisitos técnicos en aras de hacer más favorable el cambio. Esto es lo que estamos viviendo en Gijón y zonas costeras. Son ayuntamientos que se están dando cuenta de la necesidad de vivienda y actualizan sus requisitos técnicos para hacerlos más favorables y así no poner enormes trabas al cambio para poder usarlos como vivienda.

 

En Gijón concretamente hemos notado este cambio, lo cual acogemos con enorme alegría. Vamos a poner como ejemplo locales a pie de calle. Lo primero que pide el Ayuntamiento es la accesibilidad. Debemos de cumplir una serie de medidas de accesibilidad desde la calle, sin rampas, haciendo un pequeño portal para dar acceso a la vivienda o bien haciendo la entrada desde el portal del edificio. Con medidas para minusválidos en anchuras de puertas y muebles de cocina por ejemplo. Algo importante también son las alturas a techo, se pide como mínimo 2.50 metros de altura. Pero desde la calle tiene que subir 1.20 metros, por lo que de mano el local comercial a pie de calle debería de tener 3,70 metros de altura para cumplir esta medida. Por otro lado, debemos de tener en cuenta las entradas de luz y aire, no podemos tener habitaciones interiores sin ventana por ejemplo. Si se cumplen estos requisitos, lo siguiente es encargar un proyecto.

 

Para poder iniciar el trámite debemos contar con un arquitecto para proceder a redactar un proyecto. El proyecto deberá incluir todos los requisitos técnicos con planos.

El proyecto tiene que dirigirse al Ayuntamiento de la localidad correspondiente. El tiempo que suele tardar depende de cada Ayuntamiento, en Gijón concretamente tenemos un margen de seis meses aproximadamente. Lo que te otorgan en una licencia para poder realizar todos los cambios técnicos solicitados.

Una vez terminadas las obras se solicita al arquitecto el Fin de obra, y con él solicitamos en el Ayuntamiento la cédula de ocupación a vivienda. Esta cédula es la que vamos a necesitar para comenzar los cambios legales de escritura, registro y catastro.

 

 

Requisitos legales:

Comenzaremos con la escritura de propiedad. En este documento vendrá reflejado el inmueble descrito como local comercial, u oficina. Esto es lo que debemos cambiar. Para cambiarlo necesitaremos la cédula de ocupación que nos ha dado el Ayuntamiento. Tendremos que solicitar cita con un notario, a poder ser de la zona en la que se encuentra ubicado el local. Al notario le facilitaremos toda la documentación incluida la certificación energética que ahora es necesaria y obligatoria para que el registro de la propiedad inscriba la propiedad.

 

Los propietarios del local tendrán que firmar la escritura de cambio de uso en el notario. Una vez firmada habrá que llevar la escritura a inscribir al registro de la propiedad. Todo esto tiene un coste de aproximadamente 2.000€.

Lo siguiente será cambiar el catastro, el uso comercial ponerlo como vivienda, la propia notaría suele hacer este trámite. Desde luego, esto provocará que se cambie el valor del suelo y de construcción a efectos del IBI. Y seguramente notemos una subida del importe de éste impuesto.

 

 

Os hago un breve resumen:

  1. Revisión del local para ver si cumple requisitos técnicos (visita con arquitecto).
  2. Redacción de Proyecto.
  3. Solicitud al Ayuntamiento de licencia conforme a proyecto.
  4. Realización de obras para la adecuación del local a los requisitos que pide el Ayuntamiento.
  5. Fin de obra del arquitecto y solicitud de cedula de ocupación al Ayuntamiento.
  6. Escritura de cambio de uso.
  7. Inscripción en el Registro de la propiedad.
  8. Cambio del uso en el catastro.

Lo siguiente: ¡¡LLAMARME PARA RESOLVER VUESTRAS DUDAS O AYUDAROS CON LOS TRAMITES¡¡¡

Cómo parcelar o dividir una finca en Gijón