Derecho de tanteo y retracto en Asturias: ¿cómo puede afectar a la venta de viviendas?
Hay una novedad en materia de vivienda en Asturias que merece especial atención para propietarios, compradores y profesionales inmobiliarios:
La futura regulación del derecho de tanteo y retracto a favor del Principado de Asturias en determinadas zonas.
La medida ha sido anunciada por el consejero de Ordenación del Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, Ovidio Zapico, dentro de la futura Ley de Ordenación Integral del Territorio de Asturias (LOITA).
Pero antes de entrar en sus posibles consecuencias, creo que es importante explicar algo muy sencillo:
¿Qué son exactamente el tanteo y el retracto?
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¿Qué es el derecho de tanteo?
El derecho de tanteo es un derecho de adquisición preferente.
En términos sencillos, significa que, cuando el propietario quiere vender un inmueble en determinadas circunstancias, la Administración que tenga reconocido ese derecho puede tener la posibilidad de adquirirlo antes que un tercero, en las mismas condiciones de la venta.
Por tanto, el propietario sigue siendo quien decide vender.
Pero la Administración puede tener una posición preferente para adquirir ese inmueble.
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¿Y qué es el derecho de retracto?
El retracto funciona de manera diferente.
En determinados supuestos, la Administración puede ejercer su derecho después de que la transmisión se haya realizado, subrogándose en la posición del comprador y adquiriendo el inmueble en las condiciones previstas legalmente.
La diferencia fundamental podría resumirse así:
Tanteo: antes de la venta.
Retracto: después de la venta, en los supuestos legalmente previstos.
Por eso, cuando una vivienda está sujeta a estos derechos, la forma de preparar y tramitar la compraventa adquiere una importancia especial.
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¿Qué pretende hacer Asturias?
La futura LOITA contempla la creación de las denominadas zonas de mercado restringido.
Según ha anunciado el Gobierno del Principado, estas zonas se aplicarían en ámbitos que hayan sido declarados de mercado residencial tensionado o que sean zonas turísticas protegidas.
En ellas se prevé, entre otras medidas, que el Principado pueda ejercer derechos de tanteo y retracto sobre solares, edificios completos y viviendas individuales, con el objetivo declarado de incorporar inmuebles al parque público.
Además, el anuncio contempla otras medidas en estas zonas, como la suspensión de nuevas licencias para viviendas de uso turístico y de determinadas autorizaciones de cambio de uso de inmuebles residenciales.
Pero hay que insistir en algo:
Estamos hablando de una previsión incluida en un proyecto normativo en tramitación, no de una regla que pueda aplicarse ya de forma general a cualquier vivienda de Asturias.
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¿Qué significaría para un propietario?
Imaginemos que soy propietaria de una vivienda situada en una zona que, finalmente, queda sometida a este régimen.
Encuentro un comprador y acordamos un precio.
¿Puedo simplemente firmar la compraventa como haría con cualquier otra vivienda?
No necesariamente.
Si el inmueble está sujeto al derecho de tanteo y retracto, habrá que cumplir las obligaciones de comunicación y el procedimiento que finalmente establezca la normativa.
La Administración deberá conocer las condiciones de la transmisión y, en su caso, podrá decidir si ejerce su derecho de adquisición preferente.
Según lo anunciado por el Principado, el objetivo es que la Administración pueda adquirir el inmueble al mismo precio de mercado acordado con el comprador privado.
Por tanto, para el propietario será especialmente importante saber antes de comprometer la operación si su inmueble está dentro del ámbito afectado.
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¿Significa esto que el propietario no podrá vender libremente?
Aquí creo que conviene evitar interpretaciones exageradas.
El propietario podrá seguir siendo titular de su vivienda y podrá decidir ponerla a la venta.
La cuestión es que, si el inmueble está sometido a un derecho de adquisición preferente, la venta estará condicionada al cumplimiento del procedimiento legal correspondiente.
No estamos ante una prohibición general de vender.
Estamos ante una posible limitación legal del modo en que se desarrolla la transmisión, permitiendo que la Administración tenga preferencia para adquirir el inmueble.
Y esta diferencia es jurídicamente importante.
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¿Qué ocurre si ya tengo un comprador?
Este será uno de los aspectos que más habrá que analizar cuando la norma esté definitivamente aprobada.
Imaginemos que un propietario encuentra un comprador por 250.000 euros.
Firma un contrato de arras y posteriormente debe comunicar la operación a la Administración.
Si el Principado tiene derecho de tanteo y decide ejercerlo, podría adquirir el inmueble en las condiciones legalmente establecidas.
Aquí aparece una cuestión que, como abogada y profesional inmobiliaria, considero especialmente importante:
¿Qué ocurre con las arras mientras está pendiente el ejercicio del derecho de tanteo?
La respuesta deberá estar perfectamente coordinada con la regulación definitiva y, mientras tanto, con la redacción concreta del contrato.
Precisamente por eso, si finalmente se establece este régimen, las cláusulas de los contratos de arras deberán prestar especial atención a la posible existencia de derechos de adquisición preferente.
No tendría sentido utilizar un contrato estándar como si estuviéramos ante una compraventa ordinaria.
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¿Y si se vende sin comunicarlo?
Aquí entra en juego el derecho de retracto.
Si la transmisión se realiza incumpliendo las obligaciones legales y concurren los requisitos para su ejercicio, la Administración podría disponer de mecanismos para subrogarse en la posición del comprador en los términos establecidos por la normativa.
Por eso, cuando una vivienda esté sometida a tanteo y retracto, no es una cuestión que deba dejarse para el último momento.
Debe comprobarse antes de formalizar la operación.
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¿Esto ya existe actualmente en Asturias?
Sí existen derechos de tanteo y retracto en determinados ámbitos, especialmente vinculados a la vivienda protegida.
De hecho, el Principado dispone actualmente de un procedimiento específico para que los titulares de viviendas protegidas sometidas a estos derechos puedan solicitar el pronunciamiento de la Consejería competente sobre su ejercicio.
Lo novedoso de la propuesta anunciada para la LOITA es su posible extensión a determinados inmuebles situados en las futuras zonas de mercado restringido.
Por eso es importante no confundir ambos regímenes.
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Una cuestión que genera debate
La medida ha generado ya debate político y jurídico.
El Gobierno del Principado defiende el tanteo y retracto como una herramienta para aumentar el parque público y poder adquirir vivienda en lugares donde existe poca disponibilidad de suelo para nuevas promociones.
Ovidio Zapico también ha defendido públicamente el carácter disuasorio de esta herramienta y ha señalado que puede servir para evitar determinadas operaciones irregulares relacionadas con vivienda protegida.
Desde otros sectores se han planteado dudas sobre su impacto en la propiedad privada, la inversión y su posible encaje constitucional.
Como profesional, creo que lo importante es distinguir el debate político de la aplicación jurídica de la norma.
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Lo que habrá que analizar cuando el texto definitivo esté aprobado es:
- Qué inmuebles estarán realmente afectados.
- Qué zonas quedarán sometidas al régimen.
- Qué transmisiones estarán sujetas.
- Qué información deberá comunicar el propietario.
- Qué plazo tendrá la Administración.
- Cómo se ejercitará el tanteo.
- En qué supuestos podrá ejercerse el retracto.
- Qué ocurre con las arras.
- Qué consecuencias tendrá la falta de comunicación.
- Y cómo se coordinará todo ello con notarios y registradores.
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¿Qué debería hacer un propietario que está pensando en vender?
Mi recomendación es muy sencilla:
No esperar a tener comprador para comprobar si la vivienda está sometida a algún derecho de adquisición preferente.
Antes de ponerla en venta conviene revisar la situación jurídica del inmueble y, si la normativa finalmente lo establece, comprobar si está dentro de una zona afectada.
Porque una buena operación inmobiliaria empieza mucho antes de la firma ante notario.
Y en estos casos, todavía más.
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Mi consejo como abogada y profesional inmobiliaria
El derecho de tanteo y retracto no es una figura nueva en nuestro ordenamiento jurídico.
Lo importante ahora es observar cómo quedará finalmente configurado en Asturias y qué alcance tendrá la regulación que finalmente apruebe la Junta General del Principado.
Para los propietarios, la clave será conocer sus obligaciones antes de comprometer una venta.
Para los compradores, será importante saber si la vivienda que pretenden adquirir está sometida a algún derecho de adquisición preferente.
Y para los profesionales inmobiliarios, será fundamental incorporar estas comprobaciones a la preparación de las operaciones.
Porque cuando hablamos de una compraventa inmobiliaria, anticiparse a un problema jurídico siempre es mejor que intentar resolverlo cuando comprador y vendedor ya han firmado.
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En resumen
¿Va a poder el Principado comprar determinadas viviendas antes que un comprador privado?
La futura regulación de las zonas de mercado restringido prevé precisamente la posibilidad de que el Principado ejerza derechos de tanteo y retracto sobre determinados solares, edificios y viviendas.
Pero a fecha de hoy, esta nueva regulación todavía está en tramitación y habrá que esperar al texto definitivo para conocer con precisión su alcance y sus efectos.
Lo que sí parece claro es que, si finalmente se aprueba, será una cuestión que propietarios, compradores y profesionales inmobiliarios tendremos que tener muy presente en las operaciones que se realicen en las zonas afectadas.
Y, como siempre digo:
Antes de firmar unas arras, hay que saber exactamente qué estamos comprando, qué estamos vendiendo y qué obligaciones jurídicas existen sobre ese inmueble.
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Por Katia Domingo | Abogada y profesional inmobiliaria en Asturias
¿Cuánto vale mi vivienda en Asturias? 7 errores que pueden hacerte equivocarte con el precio
¿Cuánto vale mi vivienda en Asturias? 7 errores que pueden hacerte equivocarte con el precio.
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Si estás pensando en vender una vivienda en Asturias, probablemente la primera pregunta que te estés haciendo sea: “¿Cuánto vale realmente mi casa?”
Y aunque pueda parecer una pregunta sencilla, valorar correctamente una vivienda en Asturias requiere mucho más que buscar pisos parecidos en Internet.
El mercado inmobiliario asturiano tiene sus particularidades y, además, existen diferencias importantes entre Gijón, Oviedo, Avilés y el resto de municipios del Principado.
Porque el precio al que se anuncia una vivienda no es necesariamente su valor de mercado.
Y equivocarse en ese primer paso puede tener consecuencias importantes: perder tiempo, quemar la vivienda en los portales, recibir pocas visitas y, finalmente, terminar bajando el precio más de lo que hubiera sido necesario.
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Por eso hoy quiero hablar de algunos de los errores más frecuentes que veo a la hora de valorar una vivienda.
Es probablemente el error más habitual.
“Mi vecino vende por 300.000 euros, así que la mía vale 300.000”.
Pero dos viviendas aparentemente similares pueden tener valores muy diferentes.
La planta, la orientación, las vistas, la distribución, el estado de conservación, la terraza, el ascensor, el garaje, la eficiencia energética o incluso la luz natural pueden marcar una diferencia importante.
Y hay algo todavía más importante:
¿La vivienda del vecino se ha vendido realmente por ese precio?
Porque una cosa es el precio al que se anuncia y otra el precio final de venta.
Los portales inmobiliarios son una herramienta muy útil, pero hay que saber interpretarlos.
Cuando buscamos viviendas similares a la nuestra, normalmente estamos viendo precios de oferta.
Es decir, lo que los propietarios piden.
Pero eso no nos dice necesariamente cuánto están dispuestos a pagar los compradores ni cuál será finalmente el precio de transmisión.
Por eso, valorar una vivienda únicamente comparándola con los anuncios que aparecen en Internet puede llevarnos a una conclusión equivocada.
Este es otro clásico.
“Hace cinco años reformé la cocina y me gasté 30.000 euros.”
“Cambié todas las ventanas.”
“Puse un suelo nuevo.”
“Instalé aire acondicionado.”
Todo eso mejora la vivienda y, sin duda, puede aumentar su atractivo.
Pero el valor de una vivienda no se calcula sumando el dinero que hemos invertido en ella.
Una reforma puede hacer que nuestra casa sea más competitiva frente a otras viviendas, pero no significa necesariamente que podamos recuperar euro por euro todo lo invertido.
El comprador paga por lo que encuentra hoy, no por lo que al propietario le costó hace años.
A veces el propietario piensa:
“Vamos a ponerla un poco más cara y siempre tendremos tiempo de bajar”.
Parece una estrategia prudente, pero puede ser un error.
Cuando una vivienda sale al mercado con un precio excesivo, puede quedarse fuera del radar de muchos compradores.
Y los primeros días son especialmente importantes.
Los compradores que están buscando activamente una vivienda conocen bastante bien el mercado y comparan continuamente las nuevas propiedades que aparecen.
Si nuestra vivienda está claramente por encima de las alternativas, probablemente pasarán a la siguiente.
Después pueden llegar las reducciones de precio, pero para entonces hemos perdido algo muy importante: el efecto de novedad.
Los primeros días son fundamentales. Es cuando más compradores están pendientes de las nuevas viviendas que salen al mercado.
Cada vivienda tiene un comprador, pero eso no significa que exista un comprador dispuesto a pagar cualquier precio.
El comprador actual compara.
Mira varias viviendas, calcula los gastos de reforma, analiza la financiación y, en muchos casos, conoce perfectamente los precios de la zona.
Por eso, una vivienda correctamente valorada puede despertar interés rápidamente, mientras que otra exactamente igual, pero con un precio desproporcionado, puede permanecer meses en el mercado.
Cuando valoramos una vivienda, no basta con saber cuántos metros cuadrados tiene.
La ubicación importa muchísimo.
No vale lo mismo un piso de 90 metros cuadrados en una determinada zona de Gijón que otro de 90 metros en otra zona.
Y tampoco tiene la misma demanda una vivienda situada junto a determinados servicios, colegios, zonas comerciales o buenas comunicaciones que otra con características similares pero una ubicación diferente.
Incluso dentro de un mismo barrio puede haber diferencias importantes entre calles.
Por eso, una valoración profesional debe tener en cuenta el microentorno, no solamente el municipio.
Y esto es especialmente importante en Asturias, donde encontramos mercados inmobiliarios muy diferentes entre Gijón, Oviedo, Avilés, Siero, Llanera, Villaviciosa y otros municipios del Principado.
Este es, quizá, el error que más me preocupa.
Porque cuando un propietario me dice: “Yo quiero sacar el máximo posible”, mi respuesta es siempre la misma:
“Por supuesto. Pero para sacar el máximo hay que saber cuál es la estrategia adecuada.”
El mejor precio no es necesariamente el precio más alto al que podemos anunciar.
Es aquel que consigue situar nuestra vivienda en el punto adecuado entre valor, demanda y competencia.
Porque vender una vivienda por 300.000 euros cuando realmente tiene una demanda de 280.000 puede ser mucho peor que venderla correctamente desde el principio.
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Entonces, ¿cómo sabemos cuánto vale realmente una vivienda en Asturias?
Una valoración inmobiliaria debe combinar diferentes factores.
Hay que estudiar:
– La ubicación.
– La superficie.
– La distribución.
– El estado de conservación.
– La planta.
– El ascensor.
– La orientación.
– Las vistas.
– La terraza o espacios exteriores.
– El garaje y el trastero.
– La eficiencia energética.
– Las características del edificio.
– Las viviendas actualmente en venta en la zona.
– La demanda existente.
– Y, sobre todo, qué está ocurriendo realmente en ese mercado.
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Pero hay algo que considero fundamental:
Una valoración no debería hacerse únicamente con una calculadora.
Hay que conocer el mercado.
Hay que saber qué tipo de comprador está buscando ese inmueble.
Y hay que entender cómo se está comportando la demanda.
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Una vivienda no tiene un precio: tiene una estrategia de venta.
Esta es una de las ideas que más me gusta transmitir a los propietarios.
Cuando decidimos vender una vivienda, no estamos simplemente poniendo una cifra en un portal inmobiliario.
Estamos diseñando una estrategia.
Tenemos que decidir a qué comprador queremos llegar, cómo vamos a presentar la vivienda, qué precio es competitivo y cómo vamos a posicionarla frente a las demás.
Y todo eso puede marcar la diferencia entre una vivienda que se vende rápidamente y otra que pasa meses anunciada.
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Mi consejo si estás pensando en vender.
Antes de poner precio a tu vivienda, intenta no cometer el error de dejarte llevar únicamente por lo que te gustaría obtener.
Es completamente normal querer vender al mejor precio posible.
Pero precisamente por eso es tan importante conocer cuál es el precio que el mercado está dispuesto a pagar.
Porque cuanto mejor conozcamos el mercado, más posibilidades tendremos de tomar una buena decisión.
Y si estás pensando en vender una vivienda en Asturias, especialmente en Gijón, mi recomendación es que hagas una valoración profesional antes de decidir el precio de salida.
No se trata de vender barato.
Se trata de vender bien.
Y para vender bien, primero hay que saber cuánto vale realmente tu vivienda en Asturias.
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¿Quieres saber cuánto vale tu vivienda?
Si estás pensando en vender y quieres conocer el valor real de mercado de tu vivienda, estaré encantada de ayudarte a analizarla y estudiar su posición frente a las propiedades que actualmente compiten con ella.
La vivienda en Asturias sigue subiendo ….¿hasta donde?
La vivienda en Asturias sigue subiendo: ¿hasta dónde puede llegar el precio?
Si hay una pregunta que me hacen constantemente los propietarios es esta: “Katia, ¿crees que la vivienda va a seguir subiendo?”
Y entiendo perfectamente la pregunta. Cuando vemos cómo ha evolucionado el precio de la vivienda en los últimos años, es inevitable preguntarse si estamos ante una nueva subida sostenida o si, por el contrario, estamos llegando a un punto en el que los precios tocarán techo.
Mi respuesta, como profesional que vive el mercado inmobiliario asturiano cada día, es que nadie puede saber exactamente hasta dónde llegará el precio, pero sí podemos analizar qué está ocurriendo y cuáles son las razones que están detrás de esta subida.
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Asturias ya no es aquel mercado inmobiliario de hace unos años
Durante mucho tiempo se ha hablado de Asturias como un mercado relativamente asequible frente a otras zonas de España.
Pero el escenario ha cambiado.
Los precios están creciendo con fuerza y, especialmente en ciudades como Gijón y Oviedo, estamos viendo cómo la vivienda alcanza máximos históricos.
Según los últimos datos publicados por idealista, en junio de 2026 el precio medio de la vivienda en venta en Asturias se situó en 1.802 €/m².
En Gijón, el precio alcanzó los 2.614 €/m², un 11,3% más que un año antes. Además, el máximo histórico se había alcanzado apenas un mes antes, en mayo, con 2.648 €/m².
Y hay un dato que me parece especialmente interesante: no estamos hablando únicamente de una subida puntual.
La tendencia viene de atrás.
En enero de 2026 Gijón ya registraba 2.546 €/m² y un crecimiento interanual del 18%.
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¿Por qué está subiendo tanto la vivienda?
Creo que no existe una única razón. Es la combinación de varios factores.
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Esta es, probablemente, una de las claves.
Cuando existe mucha demanda y poca oferta, el precio tiende a subir.
Y esto es precisamente lo que estamos viendo en buena parte del mercado asturiano: hay compradores, pero no hay suficientes viviendas que respondan a lo que están buscando.
Una vivienda bien ubicada, con buenas características y un precio adecuado puede recibir muchas visitas y generar varias ofertas en muy poco tiempo.
Y eso cambia completamente la negociación.
Asturias tiene algo que hoy muchas personas valoran muchísimo: calidad de vida.
Naturaleza, mar, gastronomía, servicios, buenas comunicaciones y ciudades con un tamaño que permite vivir con una calidad de vida muy diferente a la de las grandes capitales.
Además, el teletrabajo y la posibilidad de trabajar para empresas situadas fuera de Asturias han cambiado también la percepción de dónde se puede vivir.
Gijón, Oviedo y otras localidades asturianas están recibiendo interés de compradores que no necesariamente proceden del propio municipio.
La falta de vivienda no se soluciona de un día para otro.
Construir una promoción nueva requiere suelo, licencias, financiación, materiales, mano de obra y tiempo.
Y todos esos costes tienen un impacto directo sobre el precio final.
Por eso, cuando hablamos de vivienda, no podemos analizar únicamente el precio de las viviendas usadas. La vivienda nueva también marca una referencia para el conjunto del mercado.
El mercado del alquiler es otro elemento importante.
En Gijón, el precio medio del alquiler alcanzó en junio de 2026 los 11,6 €/m², con una subida interanual del 9%.
Cuando una persona encuentra dificultades para alquilar y, además, dispone de capacidad económica para comprar, puede plantearse dar el salto a la propiedad.
Y, al mismo tiempo, el inversor sigue buscando vivienda porque existe una demanda de alquiler muy importante.
Es decir, compra y alquiler están íntimamente relacionados.
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Pero… ¿puede seguir subiendo indefinidamente?
Aquí es donde creo que debemos ser prudentes.
Que los precios estén subiendo no significa que vayan a hacerlo al mismo ritmo indefinidamente.
De hecho, en Gijón hemos visto que después de alcanzar el máximo de 2.648 €/m² en mayo, el dato de junio se situó en 2.614 €/m². Eso supone un pequeño ajuste mensual, aunque el crecimiento interanual continúa siendo muy elevado.
Por eso, más que preguntarnos “¿hasta dónde va a subir?”, creo que debemos preguntarnos:
“¿Qué precio está dispuesto a pagar realmente el comprador por una determinada vivienda?”
Porque el precio medio de una ciudad es solo una referencia.
No vale lo mismo un piso reformado en el centro de Gijón que otro que necesita una reforma integral.
No vale lo mismo una vivienda con terraza, garaje y buena orientación que otra interior y sin ascensor.
Y tampoco vale lo mismo una vivienda en una zona con mucha demanda que otra situada en un mercado con menos compradores.
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El gran error del propietario: pensar que su vivienda vale lo que pide el vecino
Esto lo veo con frecuencia.
Un propietario mira los portales inmobiliarios y encuentra una vivienda parecida a la suya anunciada por 300.000 euros.
Y piensa: “La mía vale lo mismo.”
Pero hay una diferencia fundamental entre precio de oferta y precio de mercado.
Que una vivienda esté anunciada por una determinada cantidad no significa que se vaya a vender por ese precio.
Para establecer correctamente el valor de una vivienda hay que analizar comparables, ubicación, superficie, estado de conservación, planta, orientación, ascensor, garaje, terraza, distribución, eficiencia energética y, sobre todo, la demanda real que existe para ese tipo de inmueble.
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Entonces, ¿es un buen momento para vender?
Mi respuesta es que sí puede ser un buen momento para vender, especialmente para aquellos propietarios que tienen una vivienda que encaja con lo que actualmente busca el comprador.
Pero vender bien no significa simplemente poner el precio más alto posible.
Significa salir al mercado con un precio estratégico, presentar correctamente la vivienda y conocer quién es nuestro comprador.
Porque en un mercado alcista también existe el riesgo de equivocarse.
Poner una vivienda muy por encima de su valor puede hacer que pierda precisamente una de sus mayores ventajas: el efecto de novedad.
Los primeros días son fundamentales. Es cuando más compradores están pendientes de las nuevas viviendas que salen al mercado.
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¿Y qué creo que ocurrirá en los próximos meses?
No me atrevería a hacer una predicción cerrada.
Pero sí creo que hay una realidad que debemos tener muy presente: la falta de oferta sigue siendo uno de los principales problemas del mercado asturiano.
Mientras la demanda se mantenga fuerte y la oferta continúe siendo limitada, es difícil pensar en una caída brusca y generalizada de los precios.
Eso no significa que todas las viviendas vayan a subir igual.
De hecho, creo que cada vez vamos a ver un mercado más selectivo.
Las viviendas buenas, bien ubicadas y correctamente valoradas seguirán teniendo una demanda importante.
Las viviendas que salen al mercado con precios excesivos tendrán más dificultades.
Y aquí es donde vuelve a cobrar importancia el trabajo de un buen profesional inmobiliario.
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Mi conclusión
Si estás pensando en vender una vivienda en Asturias, no esperes a que alguien te diga cuál será el precio máximo que alcanzará dentro de un año.
Nadie puede garantizarlo.
Lo que sí podemos hacer es analizar el mercado actual, estudiar la vivienda, conocer la demanda y establecer una estrategia de venta adecuada.
Porque una cosa es intentar adivinar el futuro y otra muy diferente es tomar buenas decisiones con los datos que tenemos hoy.
Y si algo me está enseñando el mercado asturiano en estos últimos años es que la vivienda ha dejado de ser un mercado donde todo vale.
Hoy, más que nunca, hay que conocer el mercado para saber cuánto vale realmente una vivienda.
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¿Estás pensando en vender tu vivienda en Asturias y quieres saber cuál es su valor real de mercado?
Como profesional inmobiliaria, estaré encantada de ayudarte a analizar tu vivienda y su posición actual en el mercado.
“¿Y si el Principado tiene derecho preferente para comprar tu vivienda?” Lo que puede cambiar con la futura LOITA en Asturias.
Derecho de tanteo y retracto en Asturias: ¿cómo puede afectar a la venta de viviendas?
Hay una novedad en materia de vivienda en Asturias que merece especial atención para propietarios, compradores y profesionales inmobiliarios:
La futura regulación del derecho de tanteo y retracto a favor del Principado de Asturias en determinadas zonas.
La medida ha sido anunciada por el consejero de Ordenación del Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, Ovidio Zapico, dentro de la futura Ley de Ordenación Integral del Territorio de Asturias (LOITA).
Pero antes de entrar en sus posibles consecuencias, creo que es importante explicar algo muy sencillo:
¿Qué son exactamente el tanteo y el retracto?
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¿Qué es el derecho de tanteo?
El derecho de tanteo es un derecho de adquisición preferente.
En términos sencillos, significa que, cuando el propietario quiere vender un inmueble en determinadas circunstancias, la Administración que tenga reconocido ese derecho puede tener la posibilidad de adquirirlo antes que un tercero, en las mismas condiciones de la venta.
Por tanto, el propietario sigue siendo quien decide vender.
Pero la Administración puede tener una posición preferente para adquirir ese inmueble.
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¿Y qué es el derecho de retracto?
El retracto funciona de manera diferente.
En determinados supuestos, la Administración puede ejercer su derecho después de que la transmisión se haya realizado, subrogándose en la posición del comprador y adquiriendo el inmueble en las condiciones previstas legalmente.
La diferencia fundamental podría resumirse así:
Tanteo: antes de la venta.
Retracto: después de la venta, en los supuestos legalmente previstos.
Por eso, cuando una vivienda está sujeta a estos derechos, la forma de preparar y tramitar la compraventa adquiere una importancia especial.
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¿Qué pretende hacer Asturias?
La futura LOITA contempla la creación de las denominadas zonas de mercado restringido.
Según ha anunciado el Gobierno del Principado, estas zonas se aplicarían en ámbitos que hayan sido declarados de mercado residencial tensionado o que sean zonas turísticas protegidas.
En ellas se prevé, entre otras medidas, que el Principado pueda ejercer derechos de tanteo y retracto sobre solares, edificios completos y viviendas individuales, con el objetivo declarado de incorporar inmuebles al parque público.
Además, el anuncio contempla otras medidas en estas zonas, como la suspensión de nuevas licencias para viviendas de uso turístico y de determinadas autorizaciones de cambio de uso de inmuebles residenciales.
Pero hay que insistir en algo:
Estamos hablando de una previsión incluida en un proyecto normativo en tramitación, no de una regla que pueda aplicarse ya de forma general a cualquier vivienda de Asturias.
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¿Qué significaría para un propietario?
Imaginemos que soy propietaria de una vivienda situada en una zona que, finalmente, queda sometida a este régimen.
Encuentro un comprador y acordamos un precio.
¿Puedo simplemente firmar la compraventa como haría con cualquier otra vivienda?
No necesariamente.
Si el inmueble está sujeto al derecho de tanteo y retracto, habrá que cumplir las obligaciones de comunicación y el procedimiento que finalmente establezca la normativa.
La Administración deberá conocer las condiciones de la transmisión y, en su caso, podrá decidir si ejerce su derecho de adquisición preferente.
Según lo anunciado por el Principado, el objetivo es que la Administración pueda adquirir el inmueble al mismo precio de mercado acordado con el comprador privado.
Por tanto, para el propietario será especialmente importante saber antes de comprometer la operación si su inmueble está dentro del ámbito afectado.
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¿Significa esto que el propietario no podrá vender libremente?
Aquí creo que conviene evitar interpretaciones exageradas.
El propietario podrá seguir siendo titular de su vivienda y podrá decidir ponerla a la venta.
La cuestión es que, si el inmueble está sometido a un derecho de adquisición preferente, la venta estará condicionada al cumplimiento del procedimiento legal correspondiente.
No estamos ante una prohibición general de vender.
Estamos ante una posible limitación legal del modo en que se desarrolla la transmisión, permitiendo que la Administración tenga preferencia para adquirir el inmueble.
Y esta diferencia es jurídicamente importante.
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¿Qué ocurre si ya tengo un comprador?
Este será uno de los aspectos que más habrá que analizar cuando la norma esté definitivamente aprobada.
Imaginemos que un propietario encuentra un comprador por 250.000 euros.
Firma un contrato de arras y posteriormente debe comunicar la operación a la Administración.
Si el Principado tiene derecho de tanteo y decide ejercerlo, podría adquirir el inmueble en las condiciones legalmente establecidas.
Aquí aparece una cuestión que, como abogada y profesional inmobiliaria, considero especialmente importante:
¿Qué ocurre con las arras mientras está pendiente el ejercicio del derecho de tanteo?
La respuesta deberá estar perfectamente coordinada con la regulación definitiva y, mientras tanto, con la redacción concreta del contrato.
Precisamente por eso, si finalmente se establece este régimen, las cláusulas de los contratos de arras deberán prestar especial atención a la posible existencia de derechos de adquisición preferente.
No tendría sentido utilizar un contrato estándar como si estuviéramos ante una compraventa ordinaria.
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¿Y si se vende sin comunicarlo?
Aquí entra en juego el derecho de retracto.
Si la transmisión se realiza incumpliendo las obligaciones legales y concurren los requisitos para su ejercicio, la Administración podría disponer de mecanismos para subrogarse en la posición del comprador en los términos establecidos por la normativa.
Por eso, cuando una vivienda esté sometida a tanteo y retracto, no es una cuestión que deba dejarse para el último momento.
Debe comprobarse antes de formalizar la operación.
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¿Esto ya existe actualmente en Asturias?
Sí existen derechos de tanteo y retracto en determinados ámbitos, especialmente vinculados a la vivienda protegida.
De hecho, el Principado dispone actualmente de un procedimiento específico para que los titulares de viviendas protegidas sometidas a estos derechos puedan solicitar el pronunciamiento de la Consejería competente sobre su ejercicio.
Lo novedoso de la propuesta anunciada para la LOITA es su posible extensión a determinados inmuebles situados en las futuras zonas de mercado restringido.
Por eso es importante no confundir ambos regímenes.
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Una cuestión que genera debate
La medida ha generado ya debate político y jurídico.
El Gobierno del Principado defiende el tanteo y retracto como una herramienta para aumentar el parque público y poder adquirir vivienda en lugares donde existe poca disponibilidad de suelo para nuevas promociones.
Ovidio Zapico también ha defendido públicamente el carácter disuasorio de esta herramienta y ha señalado que puede servir para evitar determinadas operaciones irregulares relacionadas con vivienda protegida.
Desde otros sectores se han planteado dudas sobre su impacto en la propiedad privada, la inversión y su posible encaje constitucional.
Como profesional, creo que lo importante es distinguir el debate político de la aplicación jurídica de la norma.
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Lo que habrá que analizar cuando el texto definitivo esté aprobado es:
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¿Qué debería hacer un propietario que está pensando en vender?
Mi recomendación es muy sencilla:
No esperar a tener comprador para comprobar si la vivienda está sometida a algún derecho de adquisición preferente.
Antes de ponerla en venta conviene revisar la situación jurídica del inmueble y, si la normativa finalmente lo establece, comprobar si está dentro de una zona afectada.
Porque una buena operación inmobiliaria empieza mucho antes de la firma ante notario.
Y en estos casos, todavía más.
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Mi consejo como abogada y profesional inmobiliaria
El derecho de tanteo y retracto no es una figura nueva en nuestro ordenamiento jurídico.
Lo importante ahora es observar cómo quedará finalmente configurado en Asturias y qué alcance tendrá la regulación que finalmente apruebe la Junta General del Principado.
Para los propietarios, la clave será conocer sus obligaciones antes de comprometer una venta.
Para los compradores, será importante saber si la vivienda que pretenden adquirir está sometida a algún derecho de adquisición preferente.
Y para los profesionales inmobiliarios, será fundamental incorporar estas comprobaciones a la preparación de las operaciones.
Porque cuando hablamos de una compraventa inmobiliaria, anticiparse a un problema jurídico siempre es mejor que intentar resolverlo cuando comprador y vendedor ya han firmado.
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En resumen
¿Va a poder el Principado comprar determinadas viviendas antes que un comprador privado?
La futura regulación de las zonas de mercado restringido prevé precisamente la posibilidad de que el Principado ejerza derechos de tanteo y retracto sobre determinados solares, edificios y viviendas.
Pero a fecha de hoy, esta nueva regulación todavía está en tramitación y habrá que esperar al texto definitivo para conocer con precisión su alcance y sus efectos.
Lo que sí parece claro es que, si finalmente se aprueba, será una cuestión que propietarios, compradores y profesionales inmobiliarios tendremos que tener muy presente en las operaciones que se realicen en las zonas afectadas.
Y, como siempre digo:
Antes de firmar unas arras, hay que saber exactamente qué estamos comprando, qué estamos vendiendo y qué obligaciones jurídicas existen sobre ese inmueble.
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Por Katia Domingo | Abogada y profesional inmobiliaria en Asturias
Las zonas tensionadas no solucionarán el problema del alquiler (y te explico por qué)
En las últimas semanas he recibido muchas consultas sobre las zonas tensionadas. La mayoría giran en torno a una misma pregunta: ¿servirán realmente para facilitar el acceso a la vivienda?
Después de muchos años trabajando en el mercado inmobiliario, mi respuesta es clara: creo que no.
Y quiero explicar por qué.
No escribo estas líneas desde una perspectiva política ni ideológica. Lo hago desde la experiencia de quien lleva años acompañando a propietarios e inquilinos, negociando contratos y viviendo de cerca la realidad del mercado.
Como presidenta de la Unión de Inmobiliarias de Asturias y también como agente inmobiliaria, hablo cada día con personas que buscan una vivienda en alquiler y con propietarios que dudan si poner la suya en el mercado.
Y todos coinciden en algo: cada vez hay menos oferta.
El verdadero problema
Cuando hablamos del alquiler solemos centrar el debate en el precio.
Pero, desde mi punto de vista, el verdadero problema es otro: faltan viviendas disponibles.
Cada vez que un propietario decide vender en lugar de alquilar, mantener la vivienda vacía o destinarla a otro uso, desaparece una oportunidad para una familia que busca un hogar.
Mientras la demanda aumenta y la oferta disminuye, el resultado es inevitable: los precios siguen sometidos a una fuerte presión.
La confianza también importa
Muchos propietarios me trasladan las mismas preocupaciones:
No se trata únicamente de rentabilidad.
Se trata de confianza.
Y, sin confianza, resulta muy difícil convencer a más propietarios para que alquilen sus viviendas.
Regular precios no crea viviendas
Limitar el precio del alquiler puede parecer una solución rápida.
Pero una vivienda que no sale al mercado seguirá sin estar disponible, aunque exista un precio máximo.
Si queremos que haya más alquiler asequible, primero necesitamos que existan más viviendas destinadas al alquiler.
¿Qué medidas creo que ayudarían?
En mi opinión, el camino pasa por incentivar la oferta.
Eso significa ofrecer seguridad jurídica, agilizar los procedimientos en caso de incumplimiento, fomentar la rehabilitación de viviendas vacías y reforzar la colaboración entre la Administración y los profesionales del sector.
Los propietarios no deberían sentirse señalados. Al contrario, deberían encontrar razones para volver a confiar en el alquiler como una opción segura.
Mi reflexión final
Estoy convencida de que todos compartimos el mismo objetivo: facilitar el acceso a la vivienda.
La diferencia está en cómo conseguirlo.
Desde mi experiencia, el mercado necesita más viviendas disponibles, mayor seguridad jurídica y políticas que animen a los propietarios a alquilar.
Porque, sin una oferta suficiente, no habrá un mercado equilibrado.
Y esa es, probablemente, la mayor urgencia que tenemos hoy.
Zonas tensionadas en Asturias: Guía completa para propietarios en 2026
Desde que se han declarado las primeras zonas de mercado residencial tensionado en Asturias, una de las preguntas que más escucho en mi despacho es:
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¿Cuánto puedo pedir de alquiler por mi vivienda?
La respuesta depende de varios factores y, en muchos casos, no es la que esperan los propietarios.
Muchas personas creen que basta con saber si una vivienda está situada en una zona tensionada, pero la realidad es que la renta máxima dependerá de varios factores: si ha existido un contrato anterior, si el propietario es o no gran tenedor y de la normativa aplicable a esa zona.
En esta guía te explico, de forma práctica y con ejemplos, cómo funciona la regulación.
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Lo primero: ¿está mi vivienda en una zona tensionada?
Lo primero que debes comprobar es si tu vivienda se encuentra dentro de una zona declarada oficialmente como mercado residencial tensionado.
Si la respuesta es no, podrás fijar la renta conforme a las reglas generales de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Si la respuesta es sí, deberás analizar los siguientes supuestos.
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A fecha de hoy, 30 de julio de 2026, las zonas de mercado residencial tensionado oficialmente publicadas y en vigor en Asturias son las siguientes:
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Estas declaraciones tienen una vigencia inicial de tres años, salvo que sean prorrogadas o modificadas conforme a la ley
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Una vez comprobado que la vivienda se encuentra en una zona tensionada, hay tres situaciones distintas que determinarán cómo debe fijarse la renta:
Situación ¿Cómo se fija la renta?:
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Existe un contrato de alquiler de vivienda habitual en los últimos cinco años.
Como regla general, la nueva renta no podrá superar la del contrato anterior actualizada mediante el IRAV, salvo los incrementos expresamente permitidos por la ley.
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No existe contrato anterior y el propietario es gran tenedor
La renta deberá fijarse conforme al Sistema Estatal de Índices de Referencia del Precio del Alquiler.
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No existe contrato anterior y el propietario no es gran tenedor
En las zonas tensionadas declaradas en Asturias, también deberá acudirse al Sistema Estatal de Índices de Referencia para determinar la renta inicial, conforme a la resolución de declaración de dichas zonas.
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Supuesto 1. Existe un contrato anterior
Imaginemos que una vivienda estaba alquilada por 850 € al mes y el contrato finalizó hace unos meses.
¿Puede el propietario volver a alquilarla por 1.050 €?
Como regla general, no.
La nueva renta no podrá superar la del contrato anterior actualizada mediante el IRAV, salvo que concurran alguno de los supuestos que permiten un incremento legal, como determinadas actuaciones de rehabilitación, mejoras de eficiencia energética, accesibilidad o los casos previstos expresamente por la normativa.
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Supuesto 2. No existe contrato anterior y el propietario es gran tenedor
Si la vivienda no ha estado alquilada como vivienda habitual durante los últimos cinco años y el propietario tiene la condición de gran tenedor, la renta inicial deberá determinarse utilizando el Sistema Estatal de Índices de Referencia del Precio del Alquiler.
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Supuesto 3. No existe contrato anterior y el propietario no es gran tenedor
Este es, probablemente, el supuesto que más dudas genera.
Muchos propietarios creen que, al no ser grandes tenedores, pueden fijar libremente el precio del alquiler.
Sin embargo, en las zonas tensionadas declaradas en Asturias esto no es así.
Cuando una vivienda no ha estado arrendada como vivienda habitual durante los cinco años anteriores, la renta inicial también deberá fijarse utilizando el Sistema Estatal de Índices de Referencia, aunque el propietario no tenga la condición de gran tenedor, conforme a la regulación aplicable a las zonas tensionadas declaradas en nuestra comunidad.
Por ello, antes de anunciar una vivienda es imprescindible comprobar qué régimen resulta aplicable.
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¿Dónde puedo consultar el índice de referencia?
El Ministerio de Vivienda dispone de una herramienta oficial para consultar el Sistema Estatal de Índices de Referencia del Precio del Alquiler.
Para realizar la consulta necesitarás, normalmente:
* La referencia catastral o la dirección del inmueble.
* La superficie de la vivienda.
* Determinadas características del inmueble que solicita la propia aplicación.
La herramienta mostrará un rango de rentas de referencia para esa vivienda.
Antes de fijar el precio del alquiler conviene realizar esta consulta y conservar el resultado junto con la documentación del contrato.
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Errores que veo con más frecuencia
En mi trabajo diario sigo encontrando errores que pueden evitarse con un buen asesoramiento:
* Pensar que basta con saber si una vivienda está en una zona tensionada.
* Creer que todos los pequeños propietarios pueden fijar libremente la renta.
* No comprobar si existió un contrato de alquiler en los cinco años anteriores.
* No consultar el Sistema Estatal de Índices de Referencia antes de anunciar la vivienda.
* Confundir la actualización anual mediante el IRAV con la determinación de la renta inicial.
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Mi consejo
La regulación actual es mucho más compleja que hace unos años.
Por eso, antes de anunciar una vivienda o firmar un contrato, merece la pena revisar cada caso concreto.
Una decisión incorrecta al fijar la renta puede tener importantes consecuencias jurídicas y económicas.
En un próximo artículo compartiré mi opinión personal sobre las zonas tensionadas y explicaré por qué considero que la solución al problema del acceso a la vivienda pasa, sobre todo, por aumentar la oferta de alquiler y generar confianza entre los propietarios.
¿Qué implica que una vivienda quede fuera de ordenación urbanística en Asturias?
Tal y como os explicaba en esta entrada del blog, vuestra casa se puede registrar aunque no haya tenido licencia para construirse. O bien podéis registrar parte de ella, por ejemplo, la planta de arriba que no teníais en la licencia de construcción.
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Sin embargo, esto tiene consecuencias legales. El Registro de la Propiedad, una vez que recibe la escritura de obra nueva por antigüedad, tiene la obligación de notificar al Ayuntamiento en el que radica el inmueble. Y el Ayuntamiento puede revisar si la construcción cumple con el Plan de Ordenación Urbana actual. Porque puede ser que antiguamente la finca, por ejemplo, fuera edificable o hubiera otro plan urbanístico y cumpliera con las condiciones, y, sin embargo, actualmente puede incumplirlas.
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La mayor parte de las obras nuevas por antigüedad son construcciones antiguas que se hicieron sin licencia y que, por el paso del tiempo (más de 4 años para que haya prescripción), se han consolidado. Son construcciones que no obtuvieron licencia en su momento, en las que no hay escritura de obra nueva. La mayor parte se quieren poner a la venta en la actualidad y sus propietarios “se dan cuenta” de que no están escrituradas ni tienen inscripción registral. Muchos confunden, además, el hecho de que, si está en el Catastro y pagan por ella, piensan que como tiene IBI y el Catastro la tiene inscrita, ya es legal… Pues siento decir que no es así.
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Tal y como os comentaba, hay que hacer escritura en el notario por antigüedad y llevarla al Registro de la Propiedad. Y el siguiente paso del que vamos a hablar hoy es la contestación del Ayuntamiento.
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El Ayuntamiento revisa la construcción y la declara FUERA DE ORDENACIÓN si no cumple con la normativa actual de ordenación urbana. Suele llegar por carta certificada a la vivienda y suele asustar bastante. Por lo que hay que tener mucho cuidado si vendéis justo después de hacer una escritura de este tipo, porque puede llegar al nuevo comprador la notificación de fuera de ordenación, y puede considerarse vicio oculto si no fue informado de tal extremo.
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La obra era legal, pero ha cambiado el planeamiento y ahora queda disconforme con la ordenación urbana.
La obra siempre fue ilegal, pero ha prescrito la acción de la Administración para el restablecimiento de la legalidad urbanística.
1.- El Ayuntamiento no podrá derribarla porque han pasado los plazos legales de prescripción (normalmente 4 años), salvo en casos como en costas, donde no hay prescripción.
2.- Podrás hacer obras de mera conservación, aquellas obras que no perturben el paisaje, la seguridad o la salubridad.
3.- No podrás realizar obras de reforma, ampliación ni de consolidación en lo ilegalmente construido.
Si quieres más información o necesitas que revise tu documentación para inscribir tu casa que no está escriturada, llámame.
Vender una casa con hipoteca: El paso que casi todos olvidan
¿Has vendido tu casa y crees que todo ha terminado? Piénsalo otra vez…
Firmar la escritura de compraventa no siempre es el final. Si tu casa tenía hipoteca, aún queda un paso crucial: cancelar la hipoteca en notaría y en el registro de la propiedad. Saltártelo puede traer problemas que nadie quiere tener.
Te voy a contar cómo funciona, por qué suele generar sorpresas… y cómo evitarlas.
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Suena sencillo, pero es fundamental:
• Pide al banco un certificado de deuda actualizado a la fecha de la venta.
• Asegúrate de que el comprador haga la transferencia directa a la cuenta del préstamo, para que el dinero sirva para cancelar la hipoteca.
• Paga la escritura de cancelación al notario y que se inscriba en el registro de la propiedad.
Si no lo haces, tu hipoteca seguirá apareciendo como activa… y eso puede dar problemas en el futuro.
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Cuando el comprador necesita hipoteca, los bancos suelen pedir provisiones de fondos para cubrir la cancelación:
• Coste real del trámite: unos 600 €
• Provisiones bancarias que pueden pedir: más de 1.800 €
Algunos bancos prometen devolver la diferencia… pero la realidad es que no siempre pasa. Resultado: gastos inesperados, conflictos y estrés innecesario.
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Si el comprador paga al contado, el proceso es mucho más simple:
• Depositas unos 600 € en notaría, que cubren la cancelación notarial y registral.
• La notaría se encarga de todo gracias a su gestoría interna, evitando sorpresas y dolores de cabeza.
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Saberlo antes te permite:
• Evitar sorpresas desagradables y gastos inesperados.
• Evitar conflictos con compradores y bancos.
• Cerrar la venta de forma tranquila, clara y transparente.
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Es el mejor momento para vender tu casa en Asturias. ¿Quieres saber por qué?
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Parece que en Asturias estamos viviendo la tormenta perfecta en el mercado inmobiliario. ¿En qué consiste exactamente? Hay varios factores que confluyen, y quiero sintetizarlos para explicar por qué considero que este es, probablemente, el mejor momento para poner tu vivienda en venta.
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Antes de entrar en detalle quiero dejar algo claro: no se trata de animar a nadie a vender por vender. Si estás a gusto en tu casa y tu situación familiar es estable, no existe ningún motivo para cambiar. La vivienda implica emociones, rutinas y seguridad. Cuando alguien me pregunta si es buen momento para vender, siempre respondo lo mismo: primero hay que valorar el impacto personal y familiar.
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De hecho, este será tema para otro artículo, porque vender sin un objetivo claro no suele ser buena idea. Implica impuestos, decisiones y situaciones que generan estrés. Como me decía recientemente un cliente: “una mudanza me ha hecho envejecer diez años”.
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1. Los precios de mercado están en máximos históricos
En ciudades como Gijón, ya estamos en niveles similares —e incluso superiores, según zonas— a los previos a la crisis de 2007. No ocurre en todos los inmuebles, pero en muchos casos hablamos de precios que hace años eran impensables.
Todo indica que los precios seguirán subiendo, aunque más lentamente. Y lo más relevante: no hay señales de bajadas a corto plazo. Si quieres obtener el mejor rendimiento por tu vivienda, ahora es cuando.
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2. Hipotecas muy competitivas
Hoy existen hipotecas —incluso a tipo fijo— con condiciones excepcionales. Esto facilita que más compradores puedan financiarse y asumir precios más altos de compra, lo que beneficia directamente al vendedor.
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3. Alquileres caros y poca oferta
El mercado del alquiler en Asturias está tensionado: precios altos, escasez de viviendas y familias buscando opciones que no encuentran. Esto provoca una consecuencia clave:
Comprar resulta, en muchos casos, más rentable que alquilar, lo que incrementa la demanda de vivienda en venta y acelera las operaciones.
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4. Compradores de fuera de Asturias
Desde la pandemia, se ha disparado el número de compradores procedentes de otras regiones por motivos como:
• Clima más amable que en Madrid o el sur de España
• Trabajo en remoto y nuevas prioridades
• Mejores comunicaciones, incluido el AVE
• Precios más accesibles que en grandes ciudades
Este tipo de comprador ha llegado para quedarse, y está dispuesto a pagar por calidad de vida.
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5. Escasez de obra nueva
Los costes de construcción, la falta de mano de obra y la lentitud administrativa están retrasando la entrega de vivienda nueva. Resultado:
➡️ Quien quiere comprar ya mira vivienda usada
➡️ Hay menos competencia
➡️ Tu propiedad vale más
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6. Cambios en los estilos de vida
Desde la pandemia, buscamos más espacio, mejor luz, zonas exteriores, teletrabajo y tranquilidad. Y Asturias tiene todo eso.
Si tu vivienda ofrece algo diferencial —terraza, garaje, jardín, vistas, buena ubicación—, estás ante un producto estrella.⠀⠀⠀⠀⠀⠀⠀⠀⠀⠀⠀⠀⠀⠀
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No es un único motivo. Son seis factores muy potentes que coinciden en el tiempo: precios altos, financiación accesible, demanda creciente, poca oferta y un interés real por vivir en Asturias.
Si estás pensando qué hacer con tu vivienda, este puede ser el mejor momento para vender en muchos años.
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Puedo ayudarte con una valoración real basada en datos actualizados del mercado asturiano. Sin compromiso. Solo tienes que escribirme y lo vemos juntos.
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Impuestos sorpresa al donar tu casa en Asturias
Cuidado al donar una vivienda: impuestos que quizá no conocías
La semana pasada atendí a una clienta que quería donar una vivienda a su hijo. Me pedía ayuda para valorar la propiedad y, sobre todo, para entender los impuestos que tendría que pagar.
Muchos creen que solo existe el impuesto de donaciones, pero en Asturias hay tres impuestos que conviene conocer antes de tomar cualquier decisión.
1️⃣ Impuesto de Donaciones
• En Asturias, el donatario paga un 2 % si la donación es inferior a 150.000 €.
• Es el impuesto más conocido y esperado.
Aunque sea relativamente bajo, no es el único coste fiscal que hay que considerar.
2️⃣ Plusvalía municipal
• La plusvalía la paga el donante y se liquida en el Ayuntamiento donde está el inmueble.
• Calcula la plusvalía generada desde que adquiriste la vivienda.
Formas de cálculo:
• Método real: Diferencia entre precio de compra y valor en la donación × porcentaje del valor catastral del terreno.
• Método objetivo: Basado en el valor catastral actualizado anualmente del terreno desde la compra hasta la donación.
Si la plusvalía real es inferior al método objetivo, se puede aplicar la real.
📌 Para ver un ejemplo completo del cálculo en Asturias: Nuevo cálculo de plusvalía municipal en Asturias
3️⃣ Ganancia patrimonial en la renta
• Aunque el donante no reciba dinero, Hacienda considera que ha transmitido un inmueble con mayor valor.
• Por eso, debe declarar ganancia patrimonial en la renta del año siguiente.
Tarifas aproximadas:
• Hasta 6.000 € → 19 %
• Entre 6.000 € y 50.000 € → 21 %
• Entre 50.000 € y 200.000 € → 23 %
• Más de 200.000 € → 26 %
Este impuesto suele ser el que más sorprende, porque muchos piensan que donar sin recibir dinero no genera obligaciones fiscales.
💡 Resumen y recomendación
Donar una vivienda no es tan sencillo como parece. Antes de tomar cualquier decisión:
• Revisa todos los impuestos implicados
• Calcula la plusvalía y la posible ganancia patrimonial
• Evalúa otras alternativas que puedan ser más ventajosas
📩 ¿Quieres evitar sorpresas con Hacienda?
Si estás pensando en donar un inmueble, puedo asesorarte para buscar la solución más eficiente y segura, revisando todos los impuestos y protegiendo tu patrimonio.
Contáctame y lo vemos juntos.
¿Tu finca tiene más metros que en la escritura? Así se soluciona en Asturias
En Asturias hay muchas fincas y casas alrededor de los núcleos urbanos; incluso muchas se califican como rústicas, pero son edificables porque se encuentran dentro de un núcleo rural, y muchas se pueden incluso parcelar.
Y por ello tenemos mucho trabajo, porque la mayoría de las parcelas no tienen bien inscritas las medidas. La realidad física no coincide con el Catastro ni con la escritura. Es verdad que el Catastro, de un tiempo hacia aquí, ha intentado coordinar la realidad física y, con drones, ha medido conforme a lindes. Por eso encontramos, sobre todo en los núcleos urbanos, alguna parcela que coincide con el Catastro. La cosa se complica en áreas rústicas, donde las fincas no están deslindadas o bien no tienen cierres.
Para tener una medida real de la parcela, lo primero es contratar un informe topográfico.
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1️⃣ Que la medida real conforme al topográfico y al Catastro sea inferior al 5 % de la superficie registral. En este caso, basta con mencionar tal extremo en la escritura, y el registrador lo inscribirá.
2️⃣ Que la diferencia sea inferior al 10 % de la superficie registral. En este caso, solo necesitamos incorporar la certificación catastral.
3️⃣ Que la diferencia sea superior al 10 % de la superficie registral. En este caso, debemos acudir al procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
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Yo suelo realizar este procedimiento en la notaría: se hace una escritura de rectificación de cabida y se solicita al Catastro la modificación de la base gráfica catastral. Se necesita un informe topográfico, el informe de validación gráfica catastral positivo y sus georreferencias.
El notario tiene la obligación de notificar a los colindantes de la finca. Se les envía una comunicación por burofax y disponen de 20 días para manifestar si están de acuerdo o no. Pueden considerarse afectados, sobre todo cuando los lindes no están cerrados y existen discrepancias.
Si esto sucede, hay que tener cuidado, porque será necesario llegar a un acuerdo con el colindante para poder inscribir nuestra medición, o bien acudir a un deslinde, que puede acabar en el juzgado. Si nadie se opone, la notaría lo remite al Catastro, y este cambia automáticamente la base gráfica para que coincida con la medida real.
A continuación, se lleva al Registro de la Propiedad. Así, ya tendremos la misma superficie en los tres sitios: Catastro, escritura y Registro de la Propiedad.
Si necesitáis ayuda, no dudéis en escribirme, estaré encantada de ayudaros.